Desde la aprobación de la Ley 5/2019 hay una serie de gastos asociados a la hipoteca que ya no tienes que asumir porque los tienen que asumir la entidad financiera: notaría, registro de la propiedad, gestoría o impuestos de actos jurídicos documentados.

Lo que sí deberás asumir son la tasación del inmueble y la comisión de apertura (si la hay, aunque hoy en día es poco habitual).

Lo que debes tener en cuenta es que los gastos de notaría, registro de la propiedad y gestoría asociados a la compra del inmueble sí que los debes pagar tú. Adicionalmente, el importe más relevante son los impuestos asociados a la compra, que es el IVA en caso de vivienda nueva o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en el caso de segunda mano. Dichos impuestos son recaudados por las Comunidades Autónomas y dependerá de dónde adquieras el inmueble el importe a pagar.

Es importante tener en cuenta todos estos costes antes de tomar una decisión. Asimismo, te explicamos las bonificaciones o ayudas que puedes conseguir dependiendo de la Comunidad Autónoma o tu situación personal.